martes, 29 de mayo de 2012

Subvenciones Industriales para LORCA


EL Ministerio de Industrial, ha aprobado para la comarca de Lorca, la Resolución de 27 de abril de 2012,  por la que se convoca la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la comarca de Lorca en el año 2012.

 OBJETO: Regular la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la comarca de Lorca.

 ÁMBITO GEOGRAFICO: Proyectos de reindustrialización que se den en los municipios de la comarca de Lorca: Lorca, Aguilas y Puerto Lumbreras.

 TIPOS DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: Las realizadas en 2012 y que comprendan:

a) Infraestructuras industriales: Solo para entidades públicas y asociaciones de empresas.

1. Infraestructura básica: Realización de inversiones en infraestructuras técnicas e

industriales de uso común o compartido, que supongan el desarrollo de suelo industrial o tecnológico, servicios asociados al desarrollo de dicho suelo industrial, desarrollo de centros de empresas, viveros de empresas o naves nido, infraestructuras de carácter logístico y centros intermodales, etc.

2. Infraestructura de servicios: Desarrollo de proyectos que proporcionen servicios

de diagnósticos y/o soluciones tecnológicas para la mejora de la productividad en PYMES.

Sujetos que pueden pedirlas: Entidades públicas, empresas públicas, instituciones sin ánimo de lucro y asociaciones de empresas .

b) Iniciativas industriales: Arranque y ejecución de iniciativas industriales productivas que generen empleo y que actúen como fuerza motriz del desarrollo del sector productivo empresarial.

Sujetos que pueden pedirlas: Empresas y asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial

 CONCEPTOS DE AYUDA:

Para Iniciativas industriales, es decir ayudas que pueden pedir las empresas, se subvencionará:

- Las inversiones de adquisición de activos fijos para la creación de un nuevo establecimiento o ampliación de uno ya creado.

- La diversificación de la producción para atender a mercados de productos nuevos y adicionales o una transformación importante de la producción .

- Se admitirán como elementos de inversión los activos fijos siguientes:

Compra de suelo, urbanización, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, instalaciones, aparatos y equipos de producción, e ingeniería y su puesta en marcha .

(Las inversiones subvencionables también podrán incluir los gastos relativos a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias de explotación, know-how o conocimientos técnicos no patentados. Estas inversiones inmateriales, cuando se trate de grandes empresas, no podrán rebasar el 50 %del total de gastos subvencionables del proyecto. )

3. Reglas comunes sobre inversiones y gastos subvencionados:

a) Los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano solo serán subvencionables en pequeñas y medianas empresas o infraestructuras industriales, siempre que cumplan además los siguientes requisitos:

i. Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y que los mismos no hayan sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.

ii. Que el precio no sea superior al valor de mercado ni al coste de los bienes nuevos similares.

b) En caso de adquisición de un establecimiento, solo serán subvencionables los costes de adquisición de activos.

c) Las inversiones deberán mantenerse en el municipio de realización del proyecto durante un periodo mínimo de cinco años.

d) Los elementos de transporte exterior no podrán recibir ayudas a la inversión.

f) En el caso de que puedan existir operaciones con personas o entidades vinculadas al beneficiario, solo serán admisibles aquellas inversiones que cuenten con autorización expresa por parte del órgano gestor y se realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado.

 MODALIDAD DE LA AYUDA:

Iniciativas industriales: Las ayudas serán mediante préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 75 % del presupuesto financiable de la actuación en el caso de PYMES.

Los préstamos tendrán un tipo de interés del 0% y una duración máxima de 15 años (5 años de carencia y 10 años de amortización).

El beneficiario deberá satisfacer, como mínimo, la financiación del 25% de la inversión financiable, bien mediante sus propios recursos o bien mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.

 PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA AYUDA:

El plazo de presentación será hasta el 18 de junio de 2012. Se presentará de forma electrónica en la siguiente dirección: http://www.minetur.gob.es/PortalAyudas/Reindus/Solicitudes/Paginas/Solicitudes.aspx

miércoles, 2 de mayo de 2012

Sobre los Borradores de Hacienda

Ante el inicio de la campaña de renta y patrimonio del ejercicio 2011, volvemos a hacer hincapié sobre los errores más comunes de los borradores que emite la Agencia Tributaria a fin de tenerlos presentes y avisar a nuestros clientes:

Lo primero: si adquirió la vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 y se está utilizando financiación ajena, debe verificarse que esté calculada la compensación fiscal para no perder los porcentajes de deducción incrementados a los que tenía derecho con la normativa anterior.

Segundo: Si durante el año 2011 se produjo el nacimiento o la adopción de algún hijo, se debe comprobar que este hecho aparezca reflejado como un mayor mínimo por descendientes.

3º.-  Se deben comprobar las imputaciones inmobiliarias, ya que la Agencia Tributaria toma los datos del Catastro y puede ser que los mismos no estén actualizados o estén erróneos.

4º Si el/la contribuyente está separado, hay que asegurarse de que el borrador tiene en cuenta las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos satisfechas a su ex cónyuge e hijos.

5º Hay que comprobar que en el borrador se hayan tenido en cuenta las deducciones por donaciones o aportaciones a planes de pensiones.

6º El Banco Catalunya Caixa (por el momento) ha informado a la Agencia Tributaria que ha declarado mal las cantidades abonadas en concepto de hipoteca por adquisición de vivienda habitual, por lo que se deben revisar los importes consignados en los borradores, ya que pueden ser erróneos.


7º Finalmente se debe comprobar que el domicilio fiscal que le consta a la Agencia Tributaria es el correcto.