viernes, 19 de febrero de 2010

AYUDAS 2010 AL COMERCIO MINORISTA

Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del 17 de febrero, se ofrecen AYUDAS en 2010 para el COMERCIO MINORISTA de proximidad.

El PLAZO SOLICITUDES será hasta el 29-10-2010. La presentación telemática conforme el modelo que encontrará en: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ayudas

OBJETO: dirigido a pequeñas empresas cuya actividad sea el comercio minorista de proximidad, que realicen proyectos de inversión para la apertura, remodelación o modernización de establecimientos y equipamientos comerciales

BENEFICIARIOS:

· Pequeña empresa, y dedicadas al comercio de proximidad al por menor (los ubicados en núcleos urbanos y/o cascos históricos), cuya superficie de venta no supere los 150 m2, con una plantilla inferior a 10 trabajadores, y cuyo establecimiento se localice en Región Murcia, y que estén incluidos en los epígrafes del CNAE: 47.1, 47.2 (excepto el 47.26), 47.4, 47.5, 47.6 y 47.7 (excepto el 47.73).
· Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.

SUSCEPTIBLES SUBVENCIÓN: los activos nuevos dentro de los conceptos de obras, instalaciones, mobiliario y bienes de equipo, así como los de asistencia técnica correspondiente a los proyectos o memorias técnicas preceptivas para la realización del proyecto subvencionado.

Se excluyen:
-las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior).
-Aquellos costes subvencionables en las convocatorias de la Fundación (ARGEM) destinadas al apoyo de proyectos de eficiencia energética y sostenibilidad en el comercio minorista de proximidad de la Región de Murcia, consistentes en el informe individualizado de evaluación sobre eficiencia energética y sostenibilidad del establecimiento y las inversiones necesarias para adecuar el establecimiento y sus instalaciones a dicho informe.

Por Activo Fijo Nuevo deberá entenderse aquellos que se adquieran a un tercero y supongan una primera transmisión del bien, lo que será justificado con la documentación, escrituras públicas y facturas correspondientes.

REQUISITOS: Que el proyecto no se encuentre finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud.

CUANTÍA: Para apertura de establecimiento: subvención del 65% en términos de subvención bruta de los gastos elegibles, sin que pueda superar el límite de 7.000 euros por beneficiario.
Para remodelación o modernización de establecimiento: subvención del 55% en términos de subvención bruta de los gastos elegibles, sin que pueda superar el límite de 4.000 euros por beneficiario.
Las solicitantes que se encuentren en los municipios incluidos en el Plan Integral de Desarrollo de la Comarca del Noroeste y Río Mula, o que realicen la tramitación telemática de sus solicitudes y resto del procedimiento, incluyendo la adhesión y utilización de la notificación electrónica, se les aplicará una bonificación adicional del 5%.

Anexo II: actividades subvencionables. Lo puede ver directamente en la parte final de la normati va del BORM. Pinche aquí para verla.

Para cualquier información, también puede pasarse por cualquiera de nuestras oficinas, por teléfono al 968 636018, o bien por correo a info@tribulex.es .